Protocolo de prevención de conductas suicidas o autolesiones del alumnado.
La Resolución conjunta de 17 de octubre de 2023, de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, la Consejería de Salud y Consumo y la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueba y se hace público el protocolo de actuación en los centros educativos andaluces sostenidos con fondos públicos para la prevención del riesgo ante conductas suicidas o autolesiones del alumnado ha regulado un procedimiento de actuación complejo.
Cada paso del protocolo debe ser registrado documentalmente y los anexos que se deben emplear están en una guía adjunta a dicho protocolo, por el momento, únicamente en formato papel.
Hemos realizado una síntesis de dicho protocolo incluyendo los documentos de cada paso tanto en formato imprimible como editable. Lo presentamos a continuación:
Paso 1. Detección y comunicación de posibles situaciones de riesgo.
¿Quién? Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de la situación.
¿A quién? A la dirección del centro.
¿En qué casos?
– Conocimiento de intentos de conducta suicida previos.
– Comunicación por parte de cualquier medio al entorno, familia, docentes, amigos, amigas u otro alumnado del centro, sobre intencionalidad de conducta suicida.
– Conocimiento de planificación de posible conducta suicida.
– Detección de ideación suicida recurrente.
– Detección de autolesiones recurrentes, tanto en el domicilio familiar como en el centro escolar.
¿Cómo? Cumplimentando el ANEXO I del protocolo.
(ANEXO I IMPRIMIBLE) (ANEXO I EDITABLE)
Paso 2. Actuaciones inmediatas.
a. En el caso de requerir asistencia sanitaria, se acompañará al alumno o la alumna al centro de salud más próximo o se llamará al 112 y se seguirán las pautas del servicio de emergencia.
b. En todo caso LA DIRECCIÓN DEL CENTRO constituirá el EQUIPO DE ACOMPAÑAMIENTO formado por:
• Responsable de la orientación educativa en el centro.
• Coordinación de bienestar y protección del alumnado en el centro.
• Tutor o tutora del grupo clase.
• Enfermería de referencia del centro (este agente participará de forma activa desde la apertura del Protocolo, sirviendo de enlace con los servicios de Salud).
• En su caso, un profesor o profesora de referencia emocional positiva para el alumno o la alumna que se determine o que el alumno o la alumna pueda sugerir.
• En su caso, médico del EOE de referencia.
c. En esta reunión se deberá recopilar información, analizarla y valorar la intervención que proceda. La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la información recogida y las actuaciones acordadas. (ANEXO II) Se establecerá un cronograma de las actuaciones que se llevarán a cabo. Este cronograma se irá actualizando a modo de síntesis de las actuaciones que se vayan realizando durante todo el protocolo (ANEXO III).
(ANEXO II IMPRIMIBLE) (ANEXO II EDITABLE)
(ANEXO III IMPRIMIBLE) (ANEXO III EDITABLE)
d. El equipo de acompañamiento designará a uno de sus miembros para realizar las posteriores entrevistas de recogida de información complementaria.
e. En todo caso se informará de la apertura del protocolo a:
• Padres, madres o representantes legales del alumnado.
• Servicio de inspección educativa.
• Comisión provincial de asesoramiento y coordinación.
Paso 3. Medidas provisionales adoptadas.
En caso necesario, acompañamiento, cuidado, supervisión, vigilancia.
Paso 4. Traslado a las familias o persona que ejerza la tutela legal.
Comunicación a la familia o representantes legales mediante ENTREVISTA de la situación y las medidas provisionales adoptadas (ANEXO IV).
(ANEXO IV IMPRIMIBLE) (ANEXO IV EDITABLE)
Paso 5. Recogida de información complementaria.
• Entrevistas con:
◦ Familia.
◦ Alumno o alumna.
◦ Profesorado que pueda aportar información relevante.
• Se levantará acta de cada una de estas entrevistas.
• Se elaborará un documento de SÍNTESIS DE LAS ENTREVISTAS REALIZADAS (ANEXO V).
• El coordinador o coordinadora de bienestar elaborará la FICHA DE ANÁLISIS DEL CASO: FACTORES DE ALARMA Y FACTORES DE RIESGO Y DE PROTECCIÓN (ANEXO VI)
(ANEXO V IMPRIMIBLE) (ANEXO V EDITABLE)
(ANEXO VI IMPRIMIBLE) (ANEXO VI EDITABLE)
Paso 6. Comunicación al servicio de inspección educativa y a la comisión provincial de asesoramiento y coordinación.
- Se traslada toda la información recopilada hasta el momento.
- Se CONSULTA SOBRE LA PERTINENCIA DE LA APERTURA DE UN PLAN INDIVIDUALIZADO DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN o, en su caso sobre la apertura de un PLAN DE SEGUIMIENTO. La decisión adoptada se plasmará en el ANEXO VII.
(ANEXO VII IMPRIMIBLE) (ANEXO VII EDITABLE)
Paso 7. Plan individualizado de prevención y protección.
Si tras la consulta a los agentes indicados anteriormente, se estima necesario elaborar el plan, se redactará conforme con lo establecido en el ANEXO VIII.
(ANEXO VIII IMPRIMIBLE) (ANEXO VIII EDITABLE)
Paso 8. Seguimiento del caso.
Si tras la consulta a los agentes indicados anteriormente, no se estima necesario elaborar el plan, se redactará un plan de seguimiento conforme con lo establecido en el ANEXO IX de la Guía.
(ANEXO IX IMPRIMIBLE) (ANEXO IX EDITABLE)
Paso 9. Comunicación a las familias o a la persona que ejerza la tutela legal.
Se informará a la familia o representantes legales del contenido del Plan individualizado de prevención y protección o, en su caso, del plan de seguimiento.
Paso 10. Seguimiento del caso por parte del servicio de inspección educativa.
El servicio de inspección educativa llevará a cabo un seguimiento del caso y de las medidas adoptadas.
Paso 11. Cierre del protocolo.
La DIRECCIÓN del centro, con el asesoramiento del Equipo de Acompañamiento y de la Comisión Provincial de Asesoramiento y Coordinación, establecerá el momento en que se dejará de aplicar las medidas adoptadas y se pueda dar por finalizado el Protocolo. El cierre del Protocolo se recogerá por escrito y se informará del mismo al Servicio de Inspección Educativa, al profesorado y a la familia.